El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia en la que establece la retroactividad total en la devolución del dinero cobrado por la banca. Hasta ahora, buena parte de los jueces estaban basándose en el criterio que adoptó el Tribunal Supremo español en mayo de 2013, por el que libraba a los bancos de reembolsar las cantidades que se hubieran embolsado mediante la aplicación de esa cláusula antes de esa fecha. Pero la decisión del TJUE abre las puertas a recuperar todo lo cobrado de forma abusiva.

En cuanto a los gastos de formalización de la hipoteca, una sentencia del Tribunal Supremo determinó a finales de 2015 la abusividad de la cláusula por la que se impone que sea el usuario el que los abone. Gastos que pueden ascender a varios miles de euros y que el banco debe devolverte.